La migraña es una patología neurológica que puede provocar dolor incapacitante, náuseas, fotofobia, fonofobia y alteraciones visuales.
Cuando las crisis son frecuentes o intensas, es habitual que impidan desarrollar con normalidad la actividad laboral.
Cómo pedir la baja por migraña
Debes acudir a tu médico de cabecera cuando las crisis interfieran repetidamente con tu desempeño en el trabajo.
La baja se concede en función del impacto real en tu capacidad laboral y debe estar respaldada por informes de Neurología o del centro de salud que acrediten el diagnóstico, tratamiento y episodios recurrentes.
Qué decirle al médico para que te dé la baja por migraña
Expón con detalle la frecuencia de los ataques, su duración y cómo afectan a tareas concretas de tu puesto: pantalla, ruido, esfuerzos físicos o conducción.
Es útil aportar un registro de crisis (diario de migrañas) y medicación utilizada sin respuesta suficiente.
Cómo alargar la baja por migraña
Aunque muchas bajas son cortas, las migrañas crónicas o de difícil control pueden requerir prórrogas.
El médico valorará si persiste el impedimento laboral, con informes actualizados y adaptación del tratamiento. La tabla siguiente resume los aspectos clave para justificar la continuidad:
| Factor de valoración | Relevancia para la prórroga |
| Frecuencia de crisis | Más de 8-10 días/mes dificulta el trabajo |
| Síntomas incapacitantes | Náuseas, vómitos, aura persistente, fotofobia intensa |
| Respuesta al tratamiento | Falta de eficacia de medicación preventiva o aguda |
| Repercusión laboral | Riesgo en puestos con conducción, maquinaria o alta concentración |
Cómo te pueden desmontar una baja por migraña
Una exploración física aparentemente normal o la falta de informes actualizados puede llevar a la Inspección a considerar que la reincorporación es posible.
También la percepción de que la actividad podría ajustarse con adaptaciones (menos pantallas, reducción de estímulos, pausas frecuentes).
Es esencial comunicar cualquier agravamiento o limitación objetiva.
Cuánto te descuentan por estar de baja por migraña
Si la migraña se considera contingencia común (lo habitual):
| Días de baja | Prestación | Quién paga |
| 1 a 3 | No se cobra | — |
| 4 a 15 | 60% de la base reguladora | Seguridad Social, gestionada por la empresa |
| 16 en adelante | 75% de la base reguladora | Seguridad Social o Mutua |
| Mejoras por convenio | Puede complementar hasta el 100% del salario | Según empresa/sector |
Si la migraña se reconoce como contingencia profesional (origen laboral acreditado), se cobra el 75% desde el día siguiente al de la baja.
Cuando la migraña limita tu trabajo, la ley tiene respuesta
La migraña no limita el trabajo por falta de voluntad, sino por imprevisibilidad.
Crisis recurrentes, sensibilidad extrema a la luz o al ruido, náuseas o necesidad de reposo inmediato hacen imposible cumplir horarios, mantener reuniones o sostener una productividad mínima.
Cuando estas crisis son frecuentes y no están bien controladas, el problema no es solo médico, sino organizativo y laboral, dando lugar a una incapacidad permanente por migraña.
La ley contempla estas situaciones porque un trabajo que exige presencia continuada, atención constante o responsabilidad no es compatible con ausencias forzadas e incapacitantes, y esa incompatibilidad debe ser evaluada jurídicamente.
Asistencia jurídica durante la baja laboral
Los abogados de baja laboral por enfermedad común de nuestro despacho ofrecen apoyo legal ante cualquier incidencia surgida durante la incapacidad temporal.
Update: 14/01/2026





