La migraña es una patología neurológica que puede provocar dolor incapacitante, náuseas, fotofobia, fonofobia y alteraciones visuales.

Cuando las crisis son frecuentes o intensas, es habitual que impidan desarrollar con normalidad la actividad laboral.

Cómo pedir la baja por migraña

Debes acudir a tu médico de cabecera cuando las crisis interfieran repetidamente con tu desempeño en el trabajo.

La baja se concede en función del impacto real en tu capacidad laboral y debe estar respaldada por informes de Neurología o del centro de salud que acrediten el diagnóstico, tratamiento y episodios recurrentes.

Qué decirle al médico para que te dé la baja por migraña

Expón con detalle la frecuencia de los ataques, su duración y cómo afectan a tareas concretas de tu puesto: pantalla, ruido, esfuerzos físicos o conducción.

Es útil aportar un registro de crisis (diario de migrañas) y medicación utilizada sin respuesta suficiente.

Cómo alargar la baja por migraña

Aunque muchas bajas son cortas, las migrañas crónicas o de difícil control pueden requerir prórrogas.

El médico valorará si persiste el impedimento laboral, con informes actualizados y adaptación del tratamiento. La tabla siguiente resume los aspectos clave para justificar la continuidad:

 

Factor de valoración  Relevancia para la prórroga 
Frecuencia de crisis  Más de 8-10 días/mes dificulta el trabajo 
Síntomas incapacitantes  Náuseas, vómitos, aura persistente, fotofobia intensa 
Respuesta al tratamiento  Falta de eficacia de medicación preventiva o aguda 
Repercusión laboral  Riesgo en puestos con conducción, maquinaria o alta concentración 

 

Cómo te pueden desmontar una baja por migraña

Una exploración física aparentemente normal o la falta de informes actualizados puede llevar a la Inspección a considerar que la reincorporación es posible.

También la percepción de que la actividad podría ajustarse con adaptaciones (menos pantallas, reducción de estímulos, pausas frecuentes).

Es esencial comunicar cualquier agravamiento o limitación objetiva.

Cuánto te descuentan por estar de baja por migraña

Si la migraña se considera contingencia común (lo habitual):

 

Días de baja  Prestación  Quién paga 
1 a 3  No se cobra   
4 a 15  60% de la base reguladora  Seguridad Social, gestionada por la empresa 
16 en adelante  75% de la base reguladora  Seguridad Social o Mutua 
Mejoras por convenio  Puede complementar hasta el 100% del salario  Según empresa/sector 

 

Si la migraña se reconoce como contingencia profesional (origen laboral acreditado), se cobra el 75% desde el día siguiente al de la baja.

Cuando la migraña limita tu trabajo, la ley tiene respuesta

La migraña no limita el trabajo por falta de voluntad, sino por imprevisibilidad.

Crisis recurrentes, sensibilidad extrema a la luz o al ruido, náuseas o necesidad de reposo inmediato hacen imposible cumplir horarios, mantener reuniones o sostener una productividad mínima.

Cuando estas crisis son frecuentes y no están bien controladas, el problema no es solo médico, sino organizativo y laboral, dando lugar a una incapacidad permanente por migraña.

La ley contempla estas situaciones porque un trabajo que exige presencia continuada, atención constante o responsabilidad no es compatible con ausencias forzadas e incapacitantes, y esa incompatibilidad debe ser evaluada jurídicamente.

Asistencia jurídica durante la baja laboral

Los abogados de baja laboral por enfermedad común de nuestro despacho ofrecen apoyo legal ante cualquier incidencia surgida durante la incapacidad temporal.